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Reajuste salarial: Nuevos montos por sector

Equipo ClickDirecto

Reajuste Salarial 2026: Nuevos Salarios Mínimos y su Impacto en el Sector Privado de Paraguay

Desde el 1 de julio de 2026, Paraguay implementa oficialmente el nuevo reajuste salarial dispuesto por el Poder Ejecutivo. A través del Decreto N° 6225 y la Resolución N° 670/2026 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), se establecen los valores actualizados de los salarios mínimos que regirán para los trabajadores del sector privado, con importantes variaciones según el rubro y la modalidad contractual.

Para la mayoría de los empleados en actividades diversas no especificadas, el salario mínimo mensual se ha fijado en G. 3.044.000. De igual manera, el jornal mínimo diario para estas categorías asciende a G. 117.077.

Es crucial destacar el salario nocturno: quienes cumplen funciones en este horario tienen derecho a un adicional del 30%, como lo estipula la ley. Esto eleva el salario mensual nocturno a G. 3.957.200 y el jornal diario nocturno a G. 152.200. Para aquellos que laboran por hora, el valor diurno se establece en G. 12.683, mientras que el nocturno alcanza los G. 18.844.

Salarios Diferenciados: Conozca los Montos por Profesión y Sector

Actualización para el Sector de la Construcción

El ámbito de la construcción experimenta también un ajuste significativo. Un oficial de primera en este sector percibirá un salario base de G. 3.560.108. En el caso de los ayudantes o peones, su remuneración se alinea con el básico actualizado de G. 3.074.451.

Talleres Mecánicos: La Remuneración de la Especialización

La alta especialización en los talleres mecánicos es reconocida. Un oficial de primera en esta área verá su remuneración mensual ascender a G. 3.962.688, reflejando la complejidad de su labor.

Industria Alimentaria: Maestros Panaderos y Maquinistas

La industria de la alimentación también cuenta con escalas particulares. Un maestro panadero o confitero tendrá un salario mínimo de G. 3.613.073. Por su parte, los maquinistas de establecimientos fideeros automatizados recibirán G. 3.653.316.

Seguridad y Vigilancia Privada: Jornadas y Salarios Específicos

En el crucial sector de la seguridad y vigilancia privada, la remuneración se ajusta a la carga horaria. Un guardia que cumple una jornada de 12 horas diarias debe percibir un salario mensual de G. 4.566.001.

Profesiones Clave: Banca, Prensa y Sector Primario

El Atractivo Salario en el Sector Bancario

El sector bancario mantiene su posición como uno de los que ofrecen los niveles salariales iniciales más elevados. Un funcionario bancario que recién se incorpora puede esperar un salario de G. 4.917.731, cifra que puede superar los G. 5.682.244 al alcanzar una década de antigüedad en la institución.

Trabajadores de Prensa: Escalafón y Remuneración

Los trabajadores de prensa también cuentan con un escalafón salarial definido. Un reportero iniciará con G. 3.300.776, mientras que un redactor de primera ascenderá a G. 3.849.867. Los jefes de redacción verán su salario fijado en G. 4.508.462.

Sector Primario: Agricultura y Ganadería

En el sector primario, los establecimientos agrícolas establecen un mínimo de G. 3.150.541. Por otro lado, los trabajadores de establecimientos ganaderos tienen un monto mensual reglamentado de G. 2.130.800, siendo esta una de las categorías con valores diferenciados más bajos del esquema nacional.

Comercio Manufacturero: La Tradición del Zapatero

Dentro del sector comercial manufacturero, profesiones tradicionales como la de zapatero de primera categoría ven su salario base establecido en G. 3.416.403.

Modalidades Contractuales Especiales: Tiempo Parcial y Aprendizaje

Para los contratos de empleo a tiempo parcial, el valor de la hora diurna se fijó en G. 14.635, y la hora nocturna en G. 21.743. Los jóvenes bajo el régimen de Aprendizaje Dual o contratos de aprendizaje percibirán una remuneración mensual de G. 1.826.400, fomentando la capacitación laboral.

Derechos Laborales: Obligaciones del Empleador y Canales de Denuncia

El Ministerio de Trabajo enfatiza que todos los empleadores tienen la obligación de exhibir los nuevos salarios mínimos en lugares visibles dentro de sus empresas. El incumplimiento de este reajuste constituye una infracción grave, acarreando multas que oscilan entre 10 y 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado. Para consultas o denuncias anónimas, el MTESS ha habilitado la línea de WhatsApp (0993) 308 100, garantizando el respeto de los derechos laborales.

DnG