Asamblea Legislativa Archiva Definitivamente Caso de Acoso Sexual contra Exdiputado Fabricio Alvarado
La presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, del oficialista Partido Pueblo Soberano (PPSO), ha dictaminado el archivo irrevocable del expediente seguido contra el exdiputado Fabricio Alvarado por presunto acoso sexual. La denuncia, presentada por la también exlegisladora Marulin Azofeifa, se ve truncada por una cuestión de procedimiento, según la máxima autoridad legislativa.
La decisión, emitida este jueves por la tarde, se fundamenta en la argumentación de que el Congreso perdió la potestad sancionadora sobre Alvarado en el momento en que este dejó su curul el pasado 30 de abril. Esta situación, según la presidenta Jiménez, anula el «presupuesto subjetivo indispensable» para la aplicación del Reglamento contra el Hostigamiento Sexual en el seno de la Asamblea Legislativa.
«En observancia de los principios de legalidad y tipicidad, y a efectos de no incurrir en la emisión de una resolución contraria al ordenamiento jurídico susceptible de generar responsabilidad por prevaricato, esta Presidencia declara improcedente, en aplicación a la legislación, someter a deliberación y votación del Plenario Legislativo el expediente 25.400, en tanto la persona denunciada, sea el señor Alvarado, ya no ostenta la condición de diputado de la República.
En consecuencia, se tiene por extinguido el presupuesto subjetivo indispensable para la aplicación del Reglamento Presidencia de la Asamblea Legislativa contra el Hostigamiento Sexual en la Asamblea Legislativa para Diputados y Diputadas, conforme a lo dispuesto en los artículos 2 y 4, por lo que se ordena el archivo del presente expediente», reza la contundente resolución de Jiménez.
Es imperativo subrayar que esta determinación judicial no constituye un pronunciamiento sobre el fondo de los hechos investigados ni sobre la existencia o inexistencia de responsabilidad por parte del también excandidato presidencial. La resolución se limita estrictamente a la viabilidad procesal del caso.
(Un video informativo sobre esta decisión, titulado «Presidenta del Congreso archiva caso contra Fabricio Alvarado por presunto acoso sexual», acompaña la noticia.)
La Condición de Diputado: Un Requisito Ineludible para la Sanción Legislativa
La presidenta legislativa fue categórica al explicar que el marco normativo actual, diseñado para combatir el acoso sexual, establece un ámbito de aplicación exclusivo para aquellos que ostentan la condición de diputado. Este factor es un «requisito subjetivo habilitante» crucial para poder activar el procedimiento disciplinario e imponer una eventual amonestación ética pública.
Jiménez enfatizó que el reglamento vigente carece de mecanismos punitivos para personas que ya no gozan de esa investidura parlamentaria, dejando un vacío legal en situaciones como la presente.
Voces Críticas: Oposición Denuncia «Red de Cuido» y Corrupción
La resolución ha provocado una oleada de críticas por parte de la oposición. Una legisladora ha argumentado que la afirmación de que el plenario no puede sancionar al exdiputado es «falsa», calificando la situación como una preocupante «red de cuido» del gobierno que protege a presuntos abusadores. Esta postura, según los detractores, choca frontalmente con los principios cristianos y el discurso de «mano dura» que la administración promueve públicamente.
Las acusaciones van más allá, sugiriendo que la corrupción en el país solo ha cambiado de beneficiarios. La metáfora de «hijos con corona» cuyas «coronas solo se mueven de cabeza» ilustra la percepción de que, a pesar del «sentimiento de repudio» generalizado, las normativas actuales y la estricta legalidad impiden actuar contra quienes no ostentan la condición de diputados en el periodo en curso.
(Este análisis crítico de la oposición fue presentado en un video titulado: «"Las coronas cambiaron de cabeza": oposición fustiga archivo de caso contra Alvarado», acompañado de los hashtags #CasoAlvarado #CorrupciónCR #RedDeCuido.)
Debate Legal: Potestad Sancionadora vs. Principios Constitucionales
Si bien la Gerencia de la Asesoría Legal del Congreso había postulado la posibilidad de imponer una sanción de naturaleza «ética» incluso a exfuncionarios, la presidenta Jiménez desestimó esta interpretación. Su argumento central es que cualquier sanción, sea ética o disciplinaria, emana de una potestad sancionadora que requiere una habilitación normativa expresa.
«En consecuencia, su imposición exige una habilitación normativa expresa y una interpretación restrictiva de las normas sancionadoras, sin que resulte admisible extender sus alcances mediante interpretaciones analógicas o extensivas, conforme a los principios de legalidad, tipicidad y debido proceso consagrados en los artículos 11 y 39 de la Constitución Política», reiteró enfáticamente Jiménez.
Jiménez advirtió sobre las graves consecuencias de emitir resoluciones contrarias a la ley, lo que configuraría el delito de prevaricato, sancionado con penas de dos a seis años de prisión. Además, recordó a los funcionarios públicos que la omisión de abstenerse en trámites ilegales puede llevar a un incumplimiento de deberes, tipificado en el artículo 399 del Código Penal y sancionado con inhabilitación.
Llamado Urgente a la Reforma Reglamentaria en la Asamblea Legislativa
Para concluir su dictamen, la presidenta legislativa realizó un llamado categórico a las fracciones parlamentarias. Les instó a «generar los cambios reglamentarios» indispensables para subsanar los vacíos legales que, en el presente caso, impidieron la culminación del proceso contra Fabricio Alvarado y garantizar que futuras situaciones no queden en la impunidad procedimental.
DnG
