Condena Judicial Histórica: Eduardo Inda y Okdiario, Sentenciados por Falsedades contra Rubén Sánchez de FACUA
Un juzgado de Sevilla ha dictaminado una condena firme contra Eduardo Inda y el medio digital Okdiario. La sentencia se deriva de la difusión de información falsa que atribuía al secretario general de FACUA-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, la pertenencia a una supuesta red de acoso, basándose erróneamente en un informe de la Guardia Civil que, según el juez, no contenía tal afirmación.
El Epicentro del Litigio: Una Atribución Indocumentada y Negativa a la Rectificación
La controversia se originó cuando Okdiario publicó que un informe de la Guardia Civil señalaba a Rubén Sánchez como parte de una red de acoso. FACUA ha subrayado, citando la sentencia, que la noticia incurrió en “la atribución a una autoridad pública de una conclusión fáctica que no tiene sustento documental alguno”. Tras la negativa de Inda y Dos Mil Palabras SL, la empresa editora del medio, a publicar la rectificación requerida, Sánchez interpuso una demanda en abril pasado, defendiendo su derecho a la verdad.
El auto judicial es contundente al afirmar que “la Guardia Civil NO dice que don Rubén Sánchez García es miembro de una red de acoso”. La sentencia no cuestiona el uso de titulares para captar la atención, sino “la atribución a la Guardia Civil de una afirmación que no parece recogida en el propio atestado policial”, una contradicción evidente dado que el cuerpo de la noticia contenía una afirmación opuesta.
La Contundencia del Juez: «Discordancia Esencial» y Rectificación Obligatoria
El juez enfatiza que el contenido de Okdiario no era un «juicio de valor u opinión», sino una “atribución a una autoridad pública de una conclusión fáctica que no tiene sustento documental alguno”. Esta distinción es crucial: mientras una opinión periodística es protegida, la atribución de un hecho falso a una autoridad convierte el titular en un contenido susceptible de rectificación. Por ello, la sentencia exige la rectificación tanto en la web del medio como en sus perfiles de redes sociales.
La resolución judicial destaca una “discordancia esencial entre el titular y el cuerpo de la noticia”. Es inaceptable presentar a Rubén Sánchez como miembro de una organización de acoso en el titular para luego, en el desarrollo de la noticia, manifestar que “hasta la fecha no se han encontrado indicios que relacionen directamente a Rubén con la investigación llevada a cabo”. Esta contradicción es considerada “esencial y determinante” y afecta directamente el hecho cuya rectificación fue solicitada.
Otros Medios y Contexto de la Disputa: Rectificaciones y Polémicas Adyacentes
Mientras otros medios como Mediterráneo Digital, El Correo de Pozuelo o La Gaceta de la Iberosfera (editada por la Fundación Disenso de Santiago Abascal) sí atendieron los requerimientos de rectificación de FACUA, Okdiario persistió en su negativa.
La noticia fue amplificada por figuras como Cristina Seguí, cofundadora de Vox, quien se identificó como «perjudicada» en el informe y solicitó personarse en la causa judicial para imputar a Rubén Sánchez. Sin embargo, la jueza desestimó su petición, aclarando que el procedimiento no tenía relación con ella. El origen de la denuncia se encuentra en Alberto Gonzalo de Juan, conocido como Alberto Pugilato, quien ha sido recientemente denunciado por la Fiscalía de Valladolid por delitos de odio contra personas LGTBI.
Un Historial de Victorias Judiciales: Rubén Sánchez Gana Múltiples Batallas a Inda y Okdiario
Esta reciente condena se suma a un palmarés de éxitos para Rubén Sánchez, quien celebra haber ganado cinco sentencias a Eduardo Inda y Okdiario, resultantes de tres demandas de rectificación. FACUA ha recordado dos casos anteriores significativos:
- Una noticia del 28 de octubre de 2020 donde Okdiario afirmaba falsamente que Sánchez había sido condenado por llamar “tarada” y “mascota” a una mujer, siendo estas acusaciones atribuidas en la sentencia original a otra persona.
- Otro artículo del mismo mes que señalaba que Sánchez había llamado “homófobo” a un cargo de Ciudadanos en la Junta de Andalucía, afirmación que también resultó ser errónea.
En todos estos casos, la justicia ha exigido la rectificación total o parcial de los textos, consolidando un patrón de desinformación y posterior corrección forzada por vía judicial contra el medio y su director.
DnG
