Alerta Urgente: Jose Rubén Zamora Denuncia Criminalización del Periodismo en Guatemala
El periodista Jose Rubén Zamora, excarcelado director de elPeriódico, publicó este 11 de mayo en su cuenta de X un hilo donde alerta sobre un presunto intento de criminalizar las publicaciones de su antiguo medio. “El periodismo no es delito. Comunicado ante el nuevo intento de criminalizar publicaciones periodísticas de interés público”, escribió Zamora, subrayando la gravedad de la situación.
El comunicador agregó: “Ante la nueva intención del Ministerio Público (MP) de promover una orden de captura en mi contra por hechos relacionados con publicaciones periodísticas del 2021, considero necesario expresar a la opinión pública lo siguiente”. Zamora señaló que el MP ya lo ha sindicado dentro de una nueva persecución penal que, a su juicio, “carece de fundamento jurídico serio y constituye un acto de criminalización contra el ejercicio del periodismo y la difusión de información de interés público”.
El “Caso Alfombra Mágica” y la Acusación sin Fundamento Legal
Según Zamora, el ente investigador pretende atribuirle responsabilidad penal por la publicación de una nota relacionada con el caso públicamente conocido como “la alfombra mágica”, publicada por elPeriódico. El MP sostiene que existió una “supuesta revelación de información confidencial o reservada”, una afirmación que, para el periodista, “no encuentra sustento en los tipos penales vigentes en Guatemala”.
El delito de revelación de información confidencial o reservada, regulado en el artículo 67 de la Ley de Acceso a la Información Pública, exige que la información haya sido revelada por un servidor, funcionario o empleado público que la conozca por razón de su cargo, o por una persona con obligación legal específica de guardar reserva. “Esa norma no fue creada para perseguir periodistas, medios de comunicación o personas ajenas a la administración pública que reciben o difunden información de interés público”, argumentó Zamora.
El periodista enfatizó que la publicación de una nota periodística no convierte automáticamente al periodista o al medio en sujeto activo del delito, especialmente cuando no existe una obligación legal previa de confidencialidad ni se acredita que la información estuviera formal y legalmente clasificada como reservada conforme a la ley.
Desmontando las Imputaciones Penales: Artículos 67 y 366
Además, Zamora explicó que el delito de revelación de secretos del Estado, regulado en el artículo 366 del Código Penal, tampoco resulta aplicable. Dicho tipo penal fue concebido para proteger información vinculada con la seguridad del Estado, operaciones militares, fortificaciones, material estratégico o asuntos de defensa nacional. “Pretender extender esa figura penal a publicaciones periodísticas relacionadas con investigaciones de interés público constituye una interpretación extensiva y contraria al principio de legalidad penal”, remarcó.
“La nota publicada por elPeriódico no contenía información militar, estratégica ni relativa a la seguridad nacional en los términos exigidos por el artículo 366 del Código Penal”, añadió Zamora. El derecho penal guatemalteco se rige por el principio de legalidad y tipicidad estricta, lo que significa que ninguna persona puede ser perseguida penalmente si su conducta no encaja de manera clara, precisa y exacta dentro de un tipo penal previamente establecido por la ley. En este caso, la conducta atribuida no satisface los elementos objetivos de ninguno de los delitos mencionados.
Un Ataque a la Libertad de Expresión y el Derecho a Informarse
En una declaración previa a su audiencia, Jose Rubén Zamora ha expresado: “Si me dejaran escribir, le caería mal a este presidente”. En sintonía con estas preocupaciones, el Relator de la CIDH ha advertido sobre “impactos muy tangibles del deterioro de la libertad de expresión”.
“No puede confundirse el ejercicio del periodismo y la publicación de información de interés público con actos criminales. Hacerlo representa un grave riesgo para la libertad de expresión, la libertad de prensa y el derecho ciudadano a estar informado, derechos protegidos por la Constitución Política de la República de Guatemala y por instrumentos internacionales de derechos humanos”, advirtió el periodista.
Según Zamora, la utilización del derecho penal para perseguir periodistas o criminalizar publicaciones constituye una medida desproporcionada e incompatible con los estándares democráticos y con la jurisprudencia interamericana en materia de libertad de expresión. “Rechazo categóricamente cualquier señalamiento que pretenda presentar como delito una actividad amparada por garantías constitucionales fundamentales, y denuncio públicamente que este nuevo intento de persecución carece de una base típica y jurídica legítima”, indicó.
Contexto Judicial: El Laberinto Legal de Jose Rubén Zamora
El 29 de abril recién pasado, el juez Maximino Morales aplazó la audiencia intermedia del periodista José Rubén Zamora debido a una recusación pendiente que debe resolver la Sala Tercera de Apelaciones. La nueva audiencia se programó para el 28 de mayo.
Previamente, el 17 de febrero, el MP apeló la resolución judicial que benefició con arresto domiciliario al periodista José Rubén Zamora Marroquín, de 69 años. El recurso fue trasladado a la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal. Zamora Marroquín, fundador del diario elPeriódico, abandonó el 12 de febrero último la cárcel militar Mariscal Zavala, tras pasar 1,295 días en prisión preventiva. Zamora fue detenido en julio del 2022, días después de publicar investigaciones sobre presuntos actos de corrupción en el entorno del expresidente Alejandro Giammattei.
Tras los señalamientos de Zamora, se solicitó la postura del Ministerio Público, y se espera respuesta a la solicitud.
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DnG
