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Sanción a BanBienestar por mal control

Equipo ClickDirecto

Banco del Bienestar Confronta a la CNBV: ¿»Picota Digital» o Transparencia Regulatoria?

El Banco del Bienestar se encuentra en el ojo del huracán regulatorio tras la imposición de multas por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) el pasado 16 de abril. En una acción sin precedentes, la institución bancaria promovió una demanda de amparo, acusando a la CNBV de exponerla a un «daño reputacional irreversible e irreparable» por la publicación de estas sanciones en su portal, tal como lo exige la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).

El recurso legal, presentado el 12 de mayo, argumenta que dicha publicación constituye un «acto con efectos infamantes». Según el banco, exhibir públicamente las sanciones de forma anticipada genera «descrédito, escarnio y afectación irreversible a su honor, prestigio y reputación institucional dentro del sistema financiero», lo que considera una forma moderna de «picota pública» o «picota digital», al difundir resoluciones que aún no han sido confirmadas judicialmente.

La Batalla Legal: Desafío a la Constitucionalidad de la LIC

El Banco del Bienestar ha ido más allá de la defensa de su imagen, solicitando la declaración de inconstitucionalidad del artículo 108 Bis 8 de la LIC. Este precepto legal es el que faculta y ordena a la CNBV «hacer del conocimiento del público en general, a través de su portal de internet, las sanciones que al efecto se impongan» por infracciones a la ley. La institución busca anular esta norma que considera lesiva para su reputación, al permitir la difusión de sanciones antes de que se agoten los recursos legales correspondientes.

Irregularidades que Derivaron en Sanciones Millonarias

Entre las faltas señaladas por la CNBV en abril, destacan dos puntos críticos:

  • Omisión en Medidas de Seguridad para Retiros: La CNBV reprobó que Banbienestar «omitió implementar medidas en el procedimiento para las operaciones de retiro de efectivo por parte de sus clientes en su red de sucursales, tendentes a evitar que terceros o personal del banco lo utilicen para la comisión de actos ilícitos o irregulares».
  • Deficiencias en el Reconocimiento de Costos de Sucursales: En 2022, el banco no reconoció debidamente todos los costos derivados de la masiva construcción y puesta en operación de las más de 2 mil 500 sucursales ordenadas durante la administración del ex Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Una Excepción a la Regla: Inversión en Inmuebles

La magnitud de la inversión en la red de sucursales fue tal que el Banco del Bienestar tuvo que obtener un permiso especial de la CNBV en junio de 2024. Este permiso lo exime temporalmente de sujetarse al artículo 55 de la LIC, que establece que los bancos no pueden tener invertido más del 60 por ciento de la parte básica de su capital neto en inmuebles, mobiliario y equipo. La autorización concedida permite a Banbienestar mantener hasta el 69.3 por ciento de su capital en estos conceptos hasta diciembre de 2028, reflejando el considerable despliegue de infraestructura realizado por la entidad.

Historial de Multas: Un Patrón de Sanciones

Desde 2020, la CNBV ha impuesto otras 30 multas al Banco del Bienestar, si bien la mayoría de estas rondaban los 300 mil pesos cada una. No obstante, las recientes sanciones de abril marcan un punto de inflexión, ya que tres de las cinco multas impuestas superan el millón de pesos, indicando una escalada en la gravedad de las infracciones o en la rigurosidad de la supervisión.

DnG