Salario Mínimo y Jornales 2026: Nuevos Montos Oficiales para Panaderos, Zapateros, y Trabajadores de la Industria Manufacturera en Paraguay
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) ha oficializado la actualización de los salarios mínimos y jornales para diversos rubros de la industria manufacturera paraguaya. Este reajuste del 5%, establecido por la Resolución MTESS N.º 670/2026, busca garantizar remuneraciones justas y diferenciadas según la actividad laboral.
Previamente, en junio, el Poder Ejecutivo, mediante el Decreto N.º 6225, fijó el reajuste general para actividades diversas en G. 3.044.000 como salario mínimo mensual. Asimismo, el jornal mínimo se estableció en G. 117.077, la remuneración diaria para trabajadores mensualizados en G. 101.467, y el valor de la hora de trabajo en G. 12.683.
Nuevos Salarios Mínimos Específicos para la Industria Manufacturera
La reciente normativa del MTESS detalla los montos específicos para categorías clave dentro de la industria manufacturera, reflejando las variaciones según el oficio.
Sector Textil y Confección: Remuneraciones Actualizadas
En el dinámico rubro de vestidos e industrias textiles, el salario mínimo mensual ha sido fijado en G. 3.081.672, con un jornal diario de G. 118.526. Para los artesanos y profesionales de sastrerías, el salario mínimo mensual asciende a G. 3.074.451, y su jornal diario correspondiente es de G. 118.248.
Actualización Salarial para el Sector Calzado: Zapateros y Fábricas
Dentro de las fábricas de calzados, el salario mínimo mensual se ha establecido en G. 3.089.789, con un jornal diario de G. 118.838. Destacando entre las categorías, los zapateros verán su salario mínimo mensual en G. 3.416.403 y su jornal diario en G. 131.400, posicionándose como uno de los montos más elevados de esta resolución.
Montos Salariales en Mueblería y Carpintería por Categoría
El sector de la mueblería y carpintería también presenta ajustes. Los oficiales de primera contarán con un salario mínimo mensual de G. 3.357.085 y un jornal diario de G. 129.119. Para los oficiales de segunda, la remuneración mensual será de G. 3.223.927, con un jornal diario de G. 123.997. Finalmente, los ayudantes del sector percibirán un salario mínimo mensual de G. 3.078.496 y un jornal diario de G. 118.404.
Salarios de Panaderos y Confiteros: Los Más Elevados
Los profesionales de la panadería y confitería lideran el reajuste. Los maestros panaderos recibirán un salario mínimo mensual de G. 3.613.073 y un jornal diario de G. 138.964, siendo el monto más alto contemplado en esta resolución. Los segundos maestros tendrán un salario mínimo mensual de G. 3.144.796 y un jornal diario de G. 120.954. Los ayudantes del sector percibirán G. 3.044.469 mensuales y G. 117.095 por jornada.
Obligatoriedad y Sanciones por Incumplimiento del Salario Mínimo
El Ministerio de Trabajo subraya la obligatoriedad de estos salarios mínimos para todos los empleadores. El incumplimiento de la normativa puede acarrear multas significativas, oscilando entre 10 y 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, destacando la importancia de la adherencia a la ley.
¿Cómo Denunciar Incumplimientos Salariales?
Para garantizar la protección de los derechos laborales, el MTESS ha habilitado un canal directo. Los trabajadores pueden realizar consultas o presentar denuncias de manera confidencial a través del WhatsApp 0993-308-100.
DnG
