Impuesto Circulación: plazo extendido al 31 de diciembre

Equipo ClickDirecto

¡Atención, Conductores! Ampliación del Plazo para Pagar el ISCV hasta Diciembre de 2026

El Congreso de la República ha aprobado una medida crucial para aliviar la economía de los guatemaltecos: el plazo para cancelar el Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres (ISCV) se ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta decisión, formalizada mediante el Decreto 19-2026 el 29 de julio, con 130 votos a favor, busca brindar un respiro financiero a los contribuyentes.

La prórroga responde al aumento en los precios de los combustibles, la canasta básica y otros factores que han impactado el costo de vida. Además, esta extensión estratégica permitirá que quienes aún no han cubierto este tributo puedan hacerlo cómodamente, coincidiendo con la recepción del pago del Aguinaldo.

Seis Aspectos Clave de la Ampliación del Plazo del ISCV

Si usted posee un vehículo, es fundamental que conozca los detalles de esta importante ampliación. A continuación, desglosamos los seis puntos esenciales:

1. El Nuevo Plazo de Pago del ISCV Vence el 31 de Diciembre de 2026

Según datos de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), hasta el 28 de julio, aproximadamente el 70% de los propietarios de vehículos ya había cumplido con el pago del impuesto de circulación. Esta ampliación beneficiará directamente al 30% restante que aún tiene esta obligación pendiente. Una vez que el decreto cobre vigencia, estos contribuyentes dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para saldar su deuda tributaria sin enfrentar multas ni recargos por mora derivados del vencimiento original.

2. La Ampliación del ISCV Aún Debe Entrar en Vigor

Aunque el Congreso de la República ya ha dado luz verde a la prórroga del ISCV a través del Decreto 19-2026, la medida no es efectiva de inmediato. Para su plena validez, el decreto debe ser sancionado por el presidente Bernardo Arévalo y, posteriormente, publicado en el Diario de Centro América. La extensión del plazo para el pago del impuesto de circulación entrará en vigencia un día después de su publicación oficial.

3. Tarjeta y Calcomanía 2025 Seguirán Siendo Válidas

Una de las ventajas clave de esta extensión es que la tarjeta de circulación y la calcomanía de circulación correspondientes al período 2025 mantendrán su plena validez hasta el 31 de diciembre de 2026. Es crucial recordar, sin embargo, que al conducir cualquier vehículo o motocicleta, sigue siendo obligatorio portar la licencia de conducir, la tarjeta de circulación y la calcomanía del impuesto de circulación.

4. Documentos del ISCV Pueden Presentarse en Formato Digital

Gracias a las reformas a la Ley de Tránsito, vigentes desde febrero de 2025, tanto la tarjeta de circulación como la calcomanía electrónica pueden mostrarse en formato digital, tal como lo estipula el artículo 18 del Reglamento de Tránsito. Esto elimina la obligatoriedad de imprimirlos, aunque los conductores pueden hacerlo si así lo prefieren. Las autoridades aconsejan guardar ambos archivos en una carpeta de fácil acceso en el teléfono móvil y no depender exclusivamente del almacenamiento en la nube, para evitar inconvenientes en controles viales por falta de conexión a internet.

5. No Será Posible Descargar la Calcomanía 2025 Si No ha Pagado la de 2026

Aunque la calcomanía de circulación 2025 conserva su vigencia hasta diciembre, aquellos que hayan extraviado el archivo digital o el documento impreso no podrán recuperarlo directamente desde el portal de la SAT. Esto se debe a que, desde el 1 de enero de 2026, el sistema ha habilitado el pago del impuesto correspondiente al año vigente, permitiendo generar la nueva calcomanía únicamente una vez que el impuesto de 2026 haya sido cancelado.

6. La Tarjeta de Circulación También Dependerá del Pago Vigente del ISCV

La tarjeta de circulación es válida tanto en formato físico como digital. Sin embargo, si un conductor ha perdido el archivo o el documento impreso, solo podrá volver a descargarlo desde la Agencia Virtual de la SAT después de haber efectuado el pago del impuesto de circulación 2026. El sistema ya no proporciona acceso a los archivos de años anteriores, por lo que la recuperación de este importante documento está condicionada al cumplimiento del pago del período fiscal actual.

DnG