El Poder Ejecutivo de Costa Rica ha emitido un **decreto clave** que elimina las referencias a la **compensación de densidad y cobertura** en las concesiones del **Polo Turístico Golfo de Papagayo**. Esta figura, incorporada durante la administración Chaves Robles, permitía trasladar la capacidad de construcción entre fincas concesionadas de un mismo titular. No obstante, esta medida **no elimina la posibilidad de talar árboles**, ya que las normativas que lo permiten siguen plenamente vigentes, según ha confirmado el abogado especialista en derecho ambiental, Álvaro Sagot.
¿Qué Implica la Derogación del Decreto en el Golfo de Papagayo?
En el **Polo Turístico Golfo de Papagayo**, las construcciones están sujetas a **dos límites esenciales**: una cobertura máxima del 30% del terreno concesionado y una densidad máxima de 20 habitaciones por hectárea. La administración Chaves Robles introdujo la controversial figura de la «compensación de densidad y cobertura». Esta permitía a un concesionario transferir capacidad de construcción entre sus fincas, incluso si no eran colindantes. En otras palabras, si una propiedad no utilizaba toda su capacidad autorizada, el excedente podía moverse a otra finca del mismo titular, permitiendo superar los límites de habitaciones o área construida para esa concesión. Con la reciente derogación del decreto, esta flexibilidad de **transferencia de capacidad de construcción** entre fincas ya no será posible, buscando una gestión más rigurosa del espacio.
Antecedentes Legales y Ambientales del Conflicto en Papagayo
Actualmente, la **Sala Constitucional** de Costa Rica tramita **dos acciones de inconstitucionalidad** directamente relacionadas con este tema sensible en el **Golfo de Papagayo**.
La primera fue interpuesta por el activista Sergio Ortiz, quien cuestionó la reforma impulsada por el Gobierno de Rodrigo Chaves. Ortiz argumentó que esta permitía el traslado de derechos de construcción entre fincas no colindantes y exceder los límites de densidad por concesión, comprometiendo la sostenibilidad ambiental y turística de la zona.
A raíz de esta acción, la Sala Constitucional dictó en abril una **medida cautelar** de gran impacto: una **moratoria total** para el otorgamiento de permisos de tala y construcción en los terrenos del **Polo Turístico Golfo de Papagayo** en Guanacaste, mientras se resuelve el fondo del caso.
La reciente eliminación del decreto podría resolver parcialmente el planteamiento de Ortiz. Sin embargo, será la Sala la que determine si la acción de inconstitucionalidad mantiene su objeto o no, y si la moratoria debe levantarse o continuar.
Pero la controversia no concluye aquí. Existe una **segunda acción de inconstitucionalidad**, presentada por el abogado Álvaro Sagot. Esta impugna el decreto que podría permitir la **tala rasa** en áreas que forman parte del **Patrimonio Natural del Estado**, y cuestiona la norma que autoriza construir hasta 20 habitaciones sin una definición clara del área específica por hectárea. Esto último podría conducir a concentrar hasta un 30% de ocupación en zonas determinadas, provocando una **deforestación significativa**.
Un ejemplo palpable de esta preocupación es la autorización que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) había otorgado a Enjoy Hotels & Resorts S.A. para la **tala de 748 árboles** de 22 especies diferentes dentro del Área de Conservación Tempisque. El objetivo: desarrollar el **megaproyecto turístico e inmobiliario Bahía Papagayo** en Playa Panamá.
No obstante, dicha autorización quedó suspendida por las **medidas cautelares vigentes**, que frenaron tanto los permisos de tala para proyectos hoteleros en el Polo como los permisos de construcción vinculados a la figura de compensación de densidades, ahora derogada.
Golfo de Papagayo. Archivo CRH
La Tala Aún Pendiente: Implicaciones Futuras en Bahía Papagayo
Esta reciente decisión gubernamental podría allanar el camino para que Enjoy Hotels solicite el **levantamiento de la medida cautelar** que actualmente impide la **tala de más de 700 árboles**, crucial para el desarrollo de su proyecto Bahía Papagayo. Si la primera acción de inconstitucionalidad pierde su objeto tras la derogación del decreto, la medida cautelar asociada podría verse seriamente debilitada, reabriendo la discusión sobre el impacto ambiental.
Sagot interpreta esta decisión como una estrategia para **reducir la conflictividad** en torno al asunto. Sin embargo, enfatiza que, aunque la posibilidad de que la tala se reactive es real, la **acción de inconstitucionalidad** que él mismo presentó sigue plenamente **vigente**, manteniendo viva la discusión ambiental y legal en el **Golfo de Papagayo** y sobre el futuro de su riqueza natural.
DnG
