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Explotación laboral en Ecuador: 10 horas, salario mínimo sin contrato

Equipo ClickDirecto

El mercado laboral en Ecuador enfrenta una realidad desafiante: el empleo precario se ha consolidado como la norma para una gran mayoría de la fuerza de trabajo. Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) con corte a mayo de 2026, una alarmante cifra de apenas 36 de cada 100 ecuatorianos en edad de trabajar goza de un trabajo adecuado o pleno.

¿Qué define un trabajo adecuado? Se refiere a una ocupación que garantiza el cumplimiento de una jornada de ocho horas diarias y la percepción de, al menos, el Salario Básico Unificado (SBU), establecido en USD 482 para el año 2026. La vasta mayoría de los ciudadanos ecuatorianos se ve inmersa en condiciones laborales significativamente más vulnerables, como el subempleo, el empleo no pleno o incluso el empleo no remunerado, realidades que minan la estabilidad económica y social.

La Vulnerabilidad Detrás de las Cifras: Más Allá del Trabajo Adecuado

Este panorama desolador se materializa en historias como la de Nancy, una mujer de 36 años cuya identidad protegemos. Nancy, originaria de una pequeña ciudad de la Sierra, llegó a Quito buscando una nueva oportunidad tras el abandono de su esposo, un evento que transformó radicalmente su vida. Aunque cursó hasta el segundo semestre de Administración de Empresas, las dificultades económicas familiares la obligaron a abandonar sus estudios universitarios.

Desde entonces, Nancy ha transitado por una serie de empleos informales, caracterizados por la ausencia de un salario básico completo y, fundamentalmente, por la falta de afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Su reciente experiencia en un negocio comercial en la capital es un reflejo palpable de la precariedad que azota a miles de familias.

El Calvario de Nancy: Un Testimonio de Precariedad y Desesperación

Su testimonio es un clamor silencioso pero potente:

«Cuando me llamaron para este trabajo sentí que, por fin, mi vida podía cambiar. Después de tantos años de empleos mal pagados y sin afiliación al IESS, pensé que había llegado la oportunidad que esperaba. Pero me equivoqué.»

El camino hacia la contratación inició con una prueba de tres días sin remuneración, compitiendo con otras candidatas. La alegría de ser elegida pronto se desvaneció al confrontar la dura realidad: jornadas extenuantes de 10 horas diarias, de lunes a sábado, sin reconocimiento ni pago por horas extras. La mayor desilusión llegó con la noticia de que su afiliación al IESS sería postergada por tres meses adicionales, bajo el pretexto de un «periodo de prueba» extendido. Una situación, como ella misma intuye, completamente ilegal, pero que acepta por la necesidad apremiante de mantener a sus dos hijos de 3 y 11 años.

«Lo que más me decepcionó fue que me dijeron que tampoco me iban a afiliar al IESS.»

Aunque percibe el salario básico, la irregularidad en las fechas de pago es constante, obligándola a menudo a recordar a su empleador sus obligaciones. Sus tareas son múltiples y exigentes: atención al cliente, despacho de productos, cobro en caja, limpieza del local, organización de bodega y carga de bultos pesados.

Pocas semanas después de iniciar, y aún en ese limbo de la «etapa de prueba», Nancy fue inducida a firmar un contrato civil de prestación de servicios. Este documento la describe como una prestadora de servicios «de manera autónoma e independiente», negando la existencia de una relación de dependencia laboral, pero sin requerirle la emisión de facturas. Aunque no comprende plenamente las implicaciones legales, la necesidad de empleo la impulsó a firmarlo, consciente de que le niega derechos fundamentales como los décimos, fondos de reserva o utilidades. Además, el contrato contempla un descuento de USD 25 por inasistencia injustificada.

«No tengo derecho a beneficios laborales como décimos, fondos de reserva o utilidades.»

Su esperanza, frágil pero persistente, es que al cumplir los tres meses prometidos, finalmente le ofrezcan un contrato laboral formal. Mientras tanto, la responsabilidad de sus hijos la ancla a esta situación, dependiendo del apoyo familiar para su cuidado.

Contrato Laboral vs. Contrato Civil de Servicios: Claves para Entender la Diferencia

Omar Vaca, docente de Business School de la UIDE, aclara que la distinción crucial entre un contrato laboral y un contrato civil de prestación de servicios radica en la existencia de una relación de dependencia.

En un contrato laboral, el trabajador se encuentra subordinado a un empleador, lo que implica tener un jefe, cumplir un horario establecido, recibir una remuneración a través de un rol de pagos, y gozar de afiliación obligatoria al IESS, junto con otros beneficios irrenunciables como décimos, vacaciones y derechos establecidos en el Código del Trabajo.

Por otro lado, un contrato civil de prestación de servicios implica una ausencia de subordinación. El profesional opera con autonomía, gestiona su propio tiempo, emite facturas por sus honorarios y puede ofrecer sus servicios a múltiples clientes simultáneamente. En el caso de Nancy, la firma de un contrato civil sin la obligación de facturar sus servicios es una clara señal de irregularidad en su relación laboral.

La Línea Delgada: ¿Cuándo un Contrato de Servicios Oculta una Relación Laboral?

El experto subraya que, si una persona cumple un horario fijo, recibe directrices de un superior, realiza funciones permanentes dentro de la estructura de la empresa y está sujeta a control, en la práctica, existe una relación de dependencia. Esto persiste independientemente del tipo de documento que haya firmado, incluso si es un contrato civil de prestación de servicios.

En tales escenarios, el empleador está legalmente obligado a afiliar al trabajador al IESS y a cumplir con todas las estipulaciones del Código del Trabajo. Eludir estas responsabilidades mediante el uso indebido de contratos civiles puede acarrear severas sanciones y multas, que varían desde USD 50 hasta 20 Salarios Básicos Unificados, equivalentes a USD 9.640 para el año 2026.

Protegiendo tus Derechos: Pasos para el Trabajador Ante la Precariedad Laboral

Ante una situación de empleo precario, la primera recomendación del docente Vaca es buscar un diálogo abierto con el departamento de Talento Humano o directamente con el empleador para solicitar la regularización de la situación laboral. Si esta vía no produce una solución, el trabajador tiene el derecho de presentar una denuncia formal ante el Ministerio del Trabajo, lo que podría desencadenar una inspección a la empresa.

Si bien siempre es preferible intentar una resolución amistosa, el especialista reconoce que la escasez de empleo adecuado en Ecuador a menudo fuerza a los trabajadores a aceptar condiciones desfavorables, priorizando la subsistencia sobre la defensa de sus derechos laborales. Sin embargo, conocer estos derechos es el primer paso para empoderarse y buscar un cambio.

DnG