Social Subsidio Ds1

DS1: ¿Quiénes pueden aplicar automáticamente?

Equipo ClickDirecto

El esperado Subsidio para Sectores Medios 2026 (DS1) activa su proceso de postulación automática este martes 16 de junio, a partir de las 08:30 horas. Esta es una oportunidad crucial para miles de familias chilenas que anhelan la vivienda propia y buscan el apoyo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).

Postulación Automática al DS1: ¿Quiénes Califican en esta Primera Fase?

Según el MINVU, esta primera fase de postulación automática está específicamente dirigida a aquellas personas que participaron en el Segundo Llamado 2025 del Subsidio para Sectores Medios (realizado en noviembre de 2025) y no resultaron seleccionadas. Es una segunda oportunidad para avanzar en el sueño de la casa propia.

Los beneficiarios potenciales podrán acceder a este nuevo llamado si cumplen con los requisitos exigidos para cada tramo y aceptan la propuesta de postulación que el MINVU dispondrá. Esta propuesta será comunicada directamente a través de un correo electrónico o podrá ser revisada en el portal www.minvuconecta.cl. Es fundamental estar atento a estas comunicaciones para no perder la oportunidad.

Además, se ofrecerá la flexibilidad de modificar la región y/o comuna de preferencia, así como el tramo de postulación, siempre y cuando se acrediten los requisitos pertinentes. Si la propuesta generada no incluye nuevos antecedentes, como la incorporación de un nuevo integrante al núcleo familiar, los postulantes tendrán la opción de rechazarla y postular por alguna de las otras vías dispuestas para este proceso del Subsidio DS1.

Para iniciar el proceso cuando se habilite la postulación, debes ingresar directamente a postulacionenlinea.minvu.cl.

Requisitos Clave para Postular al Subsidio DS1 del MINVU

El Subsidio DS1 es un programa estratégico del MINVU orientado a familias de sectores medios que no poseen una vivienda propia, pero que sí cuentan con capacidad de ahorro y la posibilidad de complementar el valor de la propiedad con recursos propios o a través de un crédito hipotecario, si fuera necesario.

Este valioso apoyo estatal facilita la compra de una vivienda, ya sea nueva o usada, o la construcción de una vivienda de hasta 140 m² en un sitio propio o mediante densificación predial (construir una vivienda donde ya existe otra), tanto en sectores urbanos como rurales del país.

Para calificar al beneficio del Subsidio para Sectores Medios (DS1), las personas deben cumplir rigurosamente con los siguientes requisitos fundamentales:

  • Tener mínimo 18 años de edad al momento de la postulación.
  • Contar con Cédula de Identidad Nacional vigente.
  • Las personas postulantes extranjeras deben poseer su cédula de identidad para extranjeros vigente al momento de la postulación, la cual debe acreditar su residencia definitiva. Una fotocopia de esta deberá ser presentada. La validez de la residencia definitiva será verificada por el Servicio Nacional de Migraciones.
  • Acreditar una cuenta de ahorro con, al menos, 12 meses de antigüedad. Es crucial que la fecha de apertura de la cuenta de ahorro no sea posterior al 30 de mayo de 2025 para cumplir con este requisito.
  • Contar con el ahorro mínimo exigido por la modalidad y tramo al que se postulará. Este monto debe estar depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda y reflejarse como saldo disponible al viernes 29 de mayo de 2026, a las 14:00 horas. La cuenta de ahorro debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.
  • No superar el porcentaje de calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH), correspondiente al tramo del subsidio al que se desea postular. Mantener el RSH actualizado es vital.
  • En caso de postular colectivamente, el grupo debe cumplir con:
    • Un mínimo de 10 integrantes para la modalidad de adquisición de vivienda construida.
    • Un mínimo de 2 integrantes para la alternativa de construcción en sitio propio.
    • Postular a través de una entidad patrocinante.
    • Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu (este requisito aplica solo para la modalidad de adquisición de vivienda construida).
  • Para las postulaciones destinadas a construir en sitio propio, los documentos que acrediten la propiedad del terreno y aquellos que informen sus factibilidades deben haber sido emitidos en una fecha no anterior al 1° de enero de 2025.

DnG