Cuba Eleva Drásticamente Multas por Infracciones Bancarias y Financieras
El Decreto-Ley 118/2026: Sanciones Millonarias para Personas Naturales y Jurídicas
El Consejo de Estado de Cuba ha dado un paso firme en el endurecimiento de su marco regulatorio financiero. A través del Decreto-Ley 118/2026, publicado en la Gaceta Oficial, se han elevado de manera significativa las multas por infracciones bancarias, financieras y cambiarias. Esta nueva normativa establece un tope de 5,000,000 de pesos cubanos (CUP) para personas jurídicas y 50,000 CUP para personas naturales.
La disposición, firmada el 7 de mayo por Juan Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado, entró en vigor de forma inmediata. Su objetivo principal es modificar el Artículo 15 del Decreto-Ley 363, vigente desde septiembre de 2018, que rige las infracciones administrativas en estas materias.
Justificación Oficial y Mecanismos de Multas
El régimen cubano justifica esta reforma argumentando la «experiencia acumulada en la aplicación de la citada disposición normativa», la «implementación de una nueva política cambiaria» y las «circunstancias económicas» actuales del país. Estos factores, según las autoridades, aconsejan actualizar el marco sancionador.
Además del techo fijo, el Decreto-Ley 118/2026 introduce un novedoso sistema de multas indexadas al salario mínimo mensual vigente. Este esquema se aplicará a infracciones específicas contempladas en los artículos 9.7, 10 y 11.1 del Decreto-Ley 363. Para personas naturales, las sanciones oscilan entre 10 y 200 cuotas del salario mínimo, mientras que para personas jurídicas, el rango se dispara de 10,000 a 200,000 cuotas.
Con el salario mínimo fijado en 2,100 CUP desde enero de 2021 y sin cambios reportados hasta la fecha, el impacto potencial es inmenso. El techo máximo indexado para personas jurídicas podría ascender a 420,000,000 de CUP en los escenarios más extremos, lo que representa una cifra astronómica para el contexto cubano.
La norma también detalla que la determinación del valor final de la multa considerará criterios de graduación, como la «continuidad o persistencia en la conducta infractora» y la «naturaleza de los perjuicios causados», buscando una proporcionalidad entre el monto de la sanción y el impacto de la conducta.
Contexto Económico Desafiante y Endurecimiento Regulatorio
Este incremento en las multas financieras en Cuba se enmarca en una tendencia de endurecimiento regulatorio que el gobierno ha acelerado en los últimos meses. Ejemplos claros incluyen:
- En febrero, la implementación de una ley para la retención de divisas del comercio electrónico.
- En marzo, los operativos del MININT contra la compra-venta ilegal de divisas, que resultaron en más de 300 investigaciones.
- En abril, el anuncio del cruce de datos financieros para intensificar la detección de evasión fiscal.
Este endurecimiento normativo ocurre en un escenario económico devastador para la población cubana. El peso cubano ha sufrido una devaluación sin precedentes, perdiendo cerca del 95% de su valor frente al dólar en el mercado informal desde 2020. Pasó de 42 CUP por dólar a más de 530 CUP en abril de 2026, lo que paradójicamente, reduce drásticamente el valor real de estas elevadas sanciones en moneda fuerte.
Simultáneamente, el sistema financiero estatal enfrenta una crisis de liquidez sin precedentes, con bancos cubanos comenzando a pagar de forma gradual cuentas pendientes, evidenciando la fragilidad del entramado económico nacional.
Próximos Pasos: Actualización del Marco Normativo
La Disposición Final Segunda del nuevo decreto establece que el Ministro de Justicia dispone de un plazo de 30 días hábiles para publicar en la Gaceta Oficial una versión actualizada, revisada y concordada del Decreto-Ley 363. Esta medida busca integrar las nuevas disposiciones y ofrecer un marco normativo claro y consolidado para la aplicación de estas severas multas por infracciones bancarias y financieras en Cuba.
DnG
