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Corte valida expulsión de Kattya González del Senado

Equipo ClickDirecto

Rechazo Definitivo: La Corte Suprema de Justicia Valida Expulsión de Kattya González del Senado

La Sala Constitucional Ampliada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en una decisión mayoritaria, ha resuelto rechazar la acción de inconstitucionalidad presentada por la exsenadora Kattya González. Esta determinación, oficializada el 8 de junio de 2026, marca un punto final en la batalla legal de la parlamentaria opositora, aproximadamente dos años y cuatro meses después de que perdiera su investidura en la Cámara Alta, el 14 de febrero de 2024.

Los Detalles Clave de la Resolución Judicial

La acción de inconstitucionalidad, interpuesta por Kattya González el 27 de febrero de 2024, casi dos semanas después de su expulsión, buscaba dejar sin efecto la Resolución N.º 431/2024 de la Cámara de Senadores. Esta resolución había aprobado su pérdida de investidura con el apoyo de 23 legisladores cartistas y sus aliados, mientras que 7 se abstuvieron y 15 estuvieron ausentes en aquella sesión del Senado.

La Sala Constitucional Ampliada de la CSJ, conformada por siete ministros del máximo tribunal y dos camaristas, rechazó la acción con 6 votos en contra y solo 3 a favor. Los votos decisivos para el rechazo provinieron de los ministros Alberto Martínez Simón, Luis María Benítez Riera, María Carolina Llanes y César Diesel Junghanns, sumándose a ellos los camaristas Miguel Ángel Rodas Ruiz Díaz y Esteban Armando Kriskovich De Vargas.

Por otro lado, los únicos magistrados que se pronunciaron a favor de la exparlamentaria, buscando declarar inconstitucional su pérdida de investidura, fueron los ministros Víctor Ríos Ojeda, Gustavo Santander Dans y Manuel Ramírez Candia.

Controversia de Mburuvicha Róga y la Disidencia Judicial

Es significativo que los ministros que votaron a favor de la acción de Kattya González —Ríos Ojeda, Santander Dans y Ramírez Candia— son precisamente aquellos que no habrían participado en la supuesta reunión secreta. Este encuentro, que habría tenido lugar con el presidente Santiago Peña y el titular de la ANR, Horacio Cartes, en Mburuvicha Róga el 3 de diciembre de 2025, ha sido objeto de intensas especulaciones sobre posibles influencias en el Poder Judicial. La ausencia de estos tres ministros en dicha cita añade un matiz particular a su postura disidente en este fallo.

Filtración Previa y la Oficialización Estratégica de la Sentencia

Aunque la decisión del máximo tribunal fue oficializada este lunes 8 de junio de 2026 mediante el Acuerdo y Sentencia N° 234, la exsenadora Kattya González ya manejaba el contenido de la resolución desde el viernes 5 de junio. Ella misma había informado públicamente sobre los votos de los ministros Santander Dans, Ríos y Ramírez Candia a su favor, anticipando el desenlace.

Fuentes cercanas al Poder Judicial revelaron a ABC que la divulgación oficial de la resolución se retrasó a solicitud del propio presidente Santiago Peña. Se habría sugerido a los ministros de la Corte que «era mejor que salga el lunes (por hoy) para que se pierda entre las informaciones de los resultados de las internas simultáneas», evidenciando una posible gestión política en los tiempos judiciales.

Dr. Alberto Martínez Simón, presidente de la Corte Suprema de Justicia.

El ministro Alberto Martínez Simón, presidente del máximo tribunal, tuvo a su cargo la gestión del expediente desde su arribo a su despacho hasta la emisión del último voto y el circuito de firmas de los integrantes de la Sala Constitucional Ampliada.

El Ministerio Público: Un Dictamen de Inconstitucionalidad Ignorado

Un elemento de gran relevancia en este caso es el dictamen emitido por la Fiscalía General del Estado el 12 de junio de 2024. A través del Dictamen 697, firmado por la Fiscal Adjunta Artemisa Marchuk Chena, el Ministerio Público concluyó que la Resolución N° 431 de la Honorable Cámara de Senadores, que resolvía la pérdida de investidura de Kattya Mabel González Villanueva, era inconstitucional.

Este dictamen, aunque no vinculante, recomendó expresamente a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia «hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad». La Fiscalía argumentó que el Senado había infringido su propia Resolución N.º 429/2023, la cual reglamentaba el procedimiento para la pérdida de investidura. Según el Ministerio Público, esta violación flagrante vulneró el Estado de Derecho y el principio de legalidad, preceptos fundamentales consagrados en los artículos 1 y 9 de la Constitución de la República del Paraguay.

La Fiscalía consideró que la remoción de González por el resto de su período parlamentario no fue correcta, al haberse apartado de los procedimientos y las mayorías requeridas estipuladas en la normativa interna del Senado. Este análisis de la Fiscalía destaca las serias irregularidades que rodearon el proceso de expulsión.

DnG