El Consejo de Estado de Cuba ha dado un paso decisivo para fortalecer la disciplina financiera en el país. Con la aprobación del Decreto-Ley 118/2026, publicado en la Gaceta Oficial el 8 de mayo de 2026, se elevan significativamente las multas por infracciones administrativas bancarias, financieras y cambiarias. Esta medida busca actualizar el marco sancionador, adaptándolo a la realidad económica actual y a las nuevas políticas cambiarias.
La normativa, firmada por Juan Esteban Lazo Hernández, no crea una nueva ley bancaria, sino que reforma el sistema de sanciones ya existente bajo el Decreto-Ley 363. El objetivo es claro: imponer sanciones financieras mucho más severas para conductas específicas, estableciendo un límite máximo de hasta cinco millones de pesos cubanos (CUP) para personas jurídicas en la multa general.

El Nuevo Sistema de Cuotas: Sanciones Indexadas al Salario Mínimo
La gran novedad del Decreto-Ley 118/2026 reside en la implementación de un innovador sistema de cuotas indexadas al salario mínimo mensual vigente en Cuba. Este mecanismo se activará en casos de infracciones específicas que involucren a personas naturales o jurídicas, y está diseñado para aplicar sanciones que pueden exceder considerablemente los límites generales previamente establecidos.
Para comprender el impacto de estas nuevas multas en Cuba, veamos la tabla comparativa:
| Tipo de persona | Multa general establecida | Multa por sistema de cuotas |
|---|---|---|
| Personas naturales | Hasta 50.000 CUP | De 10 a 200 cuotas |
| Personas jurídicas | Hasta 5.000.000 CUP | De 10.000 a 200.000 cuotas |
Considerando que cada cuota equivale al salario mínimo mensual, actualmente fijado en 2.100 pesos cubanos, las implicaciones son contundentes. Las sanciones para personas naturales podrían oscilar entre 21.000 CUP (10 cuotas) y 420.000 CUP (200 cuotas). Para las personas jurídicas, incluyendo mipymes y otros actores económicos, la escala es drástica: desde 21 millones hasta 420 millones de pesos cubanos, haciendo del sistema de cuotas el elemento más duro del decreto.
Infracciones Graves: Lavado de Activos y Secreto Bancario
Las multas más fuertes se aplicarán a transgresiones relacionadas con controles financieros de alta sensibilidad. Específicamente, el sistema de cuotas impacta a quienes infrinjan los artículos 9.7, 10 y 11.1 del Decreto-Ley 363:
- Artículo 9.7: Incumplimiento de los principios de «conocimiento del cliente» y «debida diligencia», esenciales para la detección de operaciones sospechosas.
- Artículo 10: Conductas vinculadas con riesgos de lavado de activos, financiamiento al terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva y violaciones a las instrucciones del Banco Central de Cuba (BCC).
- Artículo 11.1: Violación de las disposiciones sobre el secreto bancario.
Estas medidas subrayan el compromiso de las autoridades cubanas en la lucha contra delitos financieros y la protección de la integridad del sistema bancario y cambiario del país.
Criterios de Aplicación y Alcance del Decreto
La fijación del importe de la multa por infracciones bancarias no es automática; se graduará en función de varios criterios para asegurar la proporcionalidad y justicia:
- La continuidad o persistencia de la conducta infractora.
- La naturaleza y magnitud de los perjuicios causados.
- La proporcionalidad entre la sanción y el impacto real de la infracción.
Este enfoque permite a las autoridades administrativas un amplio margen para aplicar castigos diferenciados, asegurando una respuesta justa y efectiva.
El alcance del Decreto-Ley 118/2026 es amplio, cubriendo a:
- Instituciones financieras y oficinas de representación.
- Entidades no financieras que brindan soporte a instituciones financieras.
- Servicios de cobranza, pagos y otras operaciones ligadas a la actividad financiera o cambiaria dentro del territorio nacional.
- Personas naturales y jurídicas que incurran en las infracciones tipificadas por la legislación vigente.
En resumen, el nuevo decreto marca un antes y un después en la supervisión bancaria y financiera de Cuba, estableciendo un marco sancionador robusto para garantizar la transparencia y el cumplimiento normativo en el sector, disuadiendo eficazmente las infracciones bancarias en Cuba.
DnG
