Calama: Zapatero sin excusa para su investigación financiera

Equipo ClickDirecto

El Juez Calama Descarta Investigación Prospectiva sobre José Luis Rodríguez Zapatero en el Caso Plus Ultra

El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 4 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha rechazado de plano la existencia de una investigación «prospectiva» o «pesca de arrastre» sobre la vida del expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. El magistrado ha defendido la legitimidad de las diligencias en curso, afirmando que la información recabada por la Policía ha sido crucial para desentrañar «hechos relevantes para la instrucción de la causa» relacionada con el rescate millonario de la aerolínea Plus Ultra.

Imputación y Nuevas Líneas de Investigación: Delitos Atribuidos al Expresidente

La imputación de Zapatero, formalizada el pasado mes de mayo, abarca presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y falsedad documental. Además, la instrucción ha tomado un giro significativo tras los registros efectuados en su despacho. El hallazgo de «numerosas joyas» en dicho lugar motivó la apertura de una pieza separada, donde el expresidente es investigado por posibles delitos fiscal y de contrabando.

El Informe de la UDEF: Contraprestaciones Económicas y Conexiones Internacionales

En su auto, el juez Calama hace referencia a un informe clave de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía. Este documento detalla que Zapatero habría percibido 200.000 euros entre 2024 y 2025. Según la UDEF, este dinero se configuraría como una «contraprestación económica» por su supuesta intermediación ante el Ejecutivo de Bolivia. El objetivo de esta gestión sería «beneficiar los intereses» de la empresa peruana Grupo Gloria, que actualmente enfrenta diversas causas judiciales en el país andino.

La Defensa de Zapatero Frente a la Postura Judicial

La defensa de Zapatero argumentó que el informe policial «contiene una tesis genérica sobre la existencia de una supuesta ‘organización criminal, liderada por Zapatero'». Esta tesis, sin «sustento en resoluciones judiciales», permitiría un «escrutinio indiscriminado de toda la vida profesional» del exlíder socialista. Por ello, se solicitó delimitar el perímetro de la investigación, prohibir el uso de información masivamente obtenida ajena al objeto procesal y la devolución del informe indicado.

La Justificación del Magistrado: Investigación Enfocada, No General

No obstante, el juez Calama ha desestimado estas objeciones. El magistrado considera que la crítica de la defensa se asienta en una «caracterización errónea del alcance de la instrucción» y en una noción de investigación prospectiva que «no se corresponde con la conceptuación de causa general efectuada por el Tribunal Supremo».

El juez subraya que la aparición de transferencias vinculadas a la entidad Focus Social Research «no es el resultado de una fiscalización indiscriminada» de la vida de Zapatero. Por el contrario, es «la consecuencia natural del análisis de fuentes de prueba válidamente obtenidas en el marco de unas diligencias judiciales que ya estaban en curso».

Finalmente, Calama enfatiza que «la prohibición de investigaciones prospectivas no impide que la instrucción avance, se profundice o se amplíe cuando los datos incorporados revelan nuevas líneas de indagación relacionadas con posibles delitos de tráfico de influencias, u otros ilícitos penales». La investigación penal, concluye el juez, «no se define por el autor sino por los hechos que emergen de las diligencias acordadas».

DnG