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Balcázar legaliza pago de gratificaciones y CTS a personal CAS

Equipo ClickDirecto

Un Hito para el Sector Público: Gratificaciones y CTS para Personal CAS desde 2026

El Gobierno del presidente José María Balcázar ha marcado un precedente crucial para miles de trabajadores. Desde el 22 de julio de 2026, se implementa el pago de gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, así como la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), a favor del personal contratado bajo el régimen CAS en todas las entidades del sector público peruano.

Regulación y Alcance del Decreto Supremo N.° 142-2026-EF

De acuerdo con el Decreto Supremo N.° 142-2026-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, esta normativa detalla minuciosamente la forma de cálculo, las condiciones, los requisitos y las fechas de abono de estos beneficios económicos trascendentales. Adicionalmente, regula el pago de gratificaciones proporcionales y truncas, según corresponda, asegurando una cobertura integral para los servidores públicos.

Beneficios de Gratificación para el Régimen CAS: Detalles Clave

El personal CAS tendrá derecho a percibir dos gratificaciones anuales: una por Fiestas Patrias, correspondiente al periodo de enero a junio, y otra por Navidad, por los servicios prestados entre julio y diciembre. Los pagos de estas gratificaciones se efectuarán de manera conjunta con las remuneraciones de los meses respectivos, facilitando su disposición.

Para acceder a este esperado beneficio, el trabajador deberá encontrarse prestando servicios, de vacaciones, con licencia remunerada o percibiendo alguno de los subsidios contemplados en la normativa de seguridad social en salud. En casos donde el vínculo laboral concluya antes de la fecha de pago, se abonará una gratificación trunca, calculada según los meses y días efectivamente trabajados. Aquellos con menos de seis meses de servicio recibirán el monto proporcional al periodo laborado, garantizando equidad en el acceso.

Plan de Implementación Gradual de las Gratificaciones CAS

La aplicación de estas gratificaciones se realizará de forma progresiva para asegurar una adaptación financiera y administrativa:

En el 2026, la base de cálculo equivaldrá al 10% de la remuneración mensual. En el 2027, ascenderá al 20%; en el 2028, al 30%; y en el 2029, al 50%. Finalmente, a partir del 2030, el beneficio alcanzará el 100% de la remuneración mensual, consolidando plenamente este derecho laboral.

CTS para el Personal CAS: Un Derecho Fundamental al Cese Laboral

Respecto a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), el personal CAS tendrá derecho a percibirla al concluir su relación laboral con la entidad pública. Este vital beneficio se calculará por cada año de servicio o fracción mayor de seis meses, tomando como base la última remuneración mensual recibida por el trabajador, brindando una protección económica significativa.

Progresión y Condiciones de Pago de la CTS CAS

La aplicación de la CTS también seguirá una progresión gradual idéntica a la de las gratificaciones: comenzará con el 10% de la remuneración mensual por cada año de servicio en el 2026 y alcanzará el 100% desde el 2030. El pago de la CTS se efectuará, como máximo, en la siguiente fecha ordinaria de abono de remuneraciones posterior al término del vínculo laboral, agilizando su disposición por parte del ex-trabajador y facilitando su transición.

Consideraciones Legales y Financiamiento de los Beneficios CAS

Es fundamental aclarar que tanto las gratificaciones como la CTS carecen de naturaleza remunerativa y pensionable, lo que implica que no afectarán cálculos de pensiones ni otros beneficios salariales directos. Adicionalmente, las gratificaciones serán incompatibles con aguinaldos u otros beneficios similares que pudieran ser concedidos por la entidad pública para evitar duplicidades. La implementación de estas medidas se financiará con cargo al presupuesto institucional de cada entidad, lo que significa que no demandará recursos adicionales al Tesoro Público, garantizando la sostenibilidad fiscal de esta importante reforma laboral.

DnG