Nulidad Histórica: La Cámara Electoral Frena el DNU de Milei sobre Ciudadanía para Extranjeros
La Cámara Nacional Electoral (CNE) ha dictaminado la nulidad de un polémico Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) impulsado por el gobierno de Javier Milei. Este decreto pretendía transferir la facultad de aprobar y otorgar la ciudadanía a extranjeros desde el Poder Judicial de la Nación a la Dirección Nacional de Migraciones, un organismo del Poder Ejecutivo. Una decisión judicial que resuena profundamente en el marco legal y político de Argentina.
El DNU 366/2025: ¿Qué Cambios Propuso la Administración Milei?
Firmado en mayo del año pasado, el DNU 366/2025 modificó varios aspectos cruciales de la política migratoria argentina. Los jueces Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía, de la CNE, fueron los encargados de declarar la invalidez de esta medida. Entre las reformas más significativas se encontraban:
- La limitación de la residencia precaria a 90 días, una reducción considerable desde los 180 días previos.
- La introducción de un requisito para los solicitantes de ciudadanía: la realización de una «inversión relevante en el país».
- El aspecto central que motivó la intervención de la Cámara Electoral: la supresión de la potestad de los jueces para otorgar la ciudadanía, delegándola en la Dirección Nacional de Migraciones. Esta alteración, según la Cámara, impacta directamente en la materia electoral.
El gobierno justificaba esta medida argumentando que la Dirección Nacional de Migraciones podría «verificar de forma adecuada la pertinencia del otorgamiento en cada caso específico», liberando además recursos del Poder Judicial que podrían ser destinados a sus funciones «específicas».
El Contundente Veredicto Judicial: Razones de la Nulidad del DNU
La decisión de la CNE se basa en sólidos argumentos constitucionales. Los camaristas señalaron que el DNU fue dictado sin que existiera una «situación excepcional», requisito indispensable establecido por la Constitución Nacional para que el Poder Ejecutivo pueda legislar, evitando el paso por el Congreso Nacional. El decreto, al modificar una ley nacional, excedió las facultades del ejecutivo.
El caso que llegó a la Cámara involucraba el reclamo de un ciudadano chino, a quien la Dirección Nacional de Migraciones le había rechazado la ciudadanía, y cuya apelación derivó en la solicitud de nulidad del DNU 366.
Los jueces enfatizaron que el DNU modifica una ley, y el Poder Judicial tiene la ineludible tarea de «resguardar el principio de jerarquía normativa». Esto implica aplicar la norma legal frente a un decreto que la modifica con un «exceso de facultades constitucionales». Bejas y Dalla Vía recordaron que la Constitución Nacional es clara al establecer que el “Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo”.
Reafirmando la Constitución: Las Condiciones para un DNU
La Cámara Electoral fue explícita al recordar que un DNU solo puede dictarse bajo dos condiciones concurrentes:
- La imposibilidad de dictar una ley a través de los canales constitucionales ordinarios, es decir, el Congreso de la Nación.
- Una situación de extrema gravedad que impida esperar la intervención del Poder Legislativo.
Los jueces concluyeron que los motivos esgrimidos por el gobierno no cumplían con estos estrictos requisitos. Sostuvieron que las consideraciones del ejecutivo eran de «oportunidad, mérito o conveniencia», propias del Poder Legislativo, y no demostraban una «rigurosa excepcionalidad y urgencia» que pusiera en riesgo el régimen de naturalización. Por el contrario, la medida traducía una intención de modificar el sistema de manera permanente, eludiendo el cauce democrático y constitucionalmente previsto.
Un Precedente Clave para la Ciudadanía y la Separación de Poderes
Esta sentencia de la Cámara Nacional Electoral no solo anula un DNU específico, sino que establece un importante precedente sobre los límites del Poder Ejecutivo y la preservación de la separación de poderes en Argentina. La decisión revalida el rol del Poder Judicial en el control de constitucionalidad y asegura que los cambios fundamentales en normativas tan sensibles como las relativas a la ciudadanía para extranjeros deben seguir el proceso legislativo establecido, garantizando así la estabilidad y el orden jurídico.
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