Abinader Explica A Que Se Debe El Alto Costo De Los Combustibles 0dfc7caa Focus 0.04 0.56 1200 675.j

Abinader firma ley del plan fiscal

Equipo ClickDirecto

Ley 30-26: Escudo Fiscal y Crecimiento para la República Dominicana

El presidente Luis Abinader ha promulgado la Ley 30-26, legislación clave para fortalecer la estabilidad económica dominicana. Aprobada de urgencia por el Congreso, esta normativa responde a la crisis internacional y conflictos geopolíticos, buscando mitigar impactos en precios, comercio e inflación. Las autoridades enfatizan la necesidad de medidas preventivas para la estabilidad macroeconómica.

El ministro de Hacienda, Magín Díaz, estimó una captación adicional de 40,000 a 50,000 millones de pesos. Estos fondos fortalecerán la economía, preservarán programas sociales y asegurarán inversiones estratégicas.

Amnistía Fiscal hasta Diciembre de 2026: Regularización y Facilidades de Pago

La Ley 30-26 introduce una amnistía fiscal temporal hasta el 31 de diciembre de 2026. Permite a personas físicas y jurídicas regularizar obligaciones tributarias pendientes, con reducciones de intereses, recargos y sanciones, además de facilidades de pago.

Nuevo Tramo del 27 % en ISR para Ingresos Superiores a RD$4.8 Millones Anuales

A partir de 2027, el Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas se modifica. Mantiene exentas rentas anuales hasta RD$480,000 y tasas progresivas del 15 %, 20 % y 25 %. Un nuevo tramo del 27 % aplica a rentas sobre RD$4.8 millones anuales, aumentando la contribución de contribuyentes de mayores ingresos.

ISR Corporativo: Tasa del 30 % para Grandes Empresas (2026-2028)

El Impuesto Sobre la Renta para personas jurídicas ajusta su tasa general al 27 % desde 2026. Sin embargo, empresas con ingresos anuales superiores a RD$1,000 millones pagarán una tasa transitoria del 30 % durante 2026, 2027 y 2028, fortaleciendo la recaudación estatal.

Aumento del Impuesto a Cheques y Transferencias Electrónicas

La ley eleva el impuesto sobre operaciones financieras. La tasa para cheques y transferencias electrónicas pasa de 1.5 por mil a 2 por mil. Este ajuste impactará a usuarios del sistema financiero nacional y contribuirá a las metas de ingresos.

Tasa de Salida Aérea: Incremento de US$20 a US$30 por Pasajero

Se incrementa la contribución de salida del país, pasando de US$20 a US$30 por pasajero (un 50 % de aumento). Aplicable a todos los viajeros, las aerolíneas y transportistas actuarán como agentes de percepción.

Retención del 15 % para Software, Publicidad Digital y Servicios del Exterior

El tratamiento tributario de la economía digital se actualiza. Pagos al exterior por regalías, licencias de software, publicidad digital, almacenamiento de datos y otros servicios tecnológicos estarán sujetos a una retención del 15 %.

Alivios Tributarios: Microempresas Exentas de Anticipos y Agro sin Impuesto a Activos

Se incorporan alivios tributarios estratégicos. Las microempresas quedan exentas de anticipos del Impuesto Sobre la Renta. Pequeñas empresas podrán fraccionar pagos. Productores agropecuarios estarán exentos de anticipos y del Impuesto a los Activos.

Depreciación Acelerada de Maquinaria Industrial Nueva al Doble

Para estimular la inversión privada y modernización productiva, la ley permite depreciación acelerada de maquinaria y equipos industriales nuevos. Autoriza duplicar los porcentajes ordinarios de depreciación, incentivando la renovación tecnológica.

Impuesto a Ganancias de Capital Inmobiliaria Baja de 25 % a 10 %

La tasa aplicable a ganancias de capital por personas físicas en operaciones inmobiliarias se reduce del 25 % a 10 %. Se espera que esto dinamice el mercado inmobiliario, favorezca la inversión y movilice capitales hacia nuevos proyectos.

Ampliación del Régimen Simplificado de Tributación (RST)

El RST amplía su alcance. Ahora incluye empresas de servicios y producción hasta RD$30 millones anuales, profesionales independientes y productores agropecuarios hasta RD$15 millones, y comercios con compras e importaciones hasta RD$60 millones al año.

Exenciones Sucesorales Aumentan a RD$1 Millón y RD$2 Millones para Herederos Directos

La Ley 30-26 eleva las exenciones del impuesto sucesoral. Sucesiones hasta RD$1 millón estarán exentas; para herederos en línea directa, la exención sube a RD$2 millones. Montos se ajustarán anualmente por inflación.

Beneficios Educativos y Deducciones para Personas con Discapacidad

La normativa fortalece incentivos educativos. Contribuyentes podrán deducir gastos educativos hasta un 10 % de su ingreso gravado (límite del 30 % del mínimo exento del ISR). Para gastos en beneficio de personas con discapacidad, la deducción puede alcanzar hasta el 50 %.

Reembolso de Impuestos a Combustibles y Seguros para Exportadores

Para fortalecer la competitividad exportadora dominicana, la ley establece el reembolso de impuestos Selectivo al Consumo a Seguros, Específico y ad-valorem a Combustibles. Este beneficio se otorga proporcionalmente a los ingresos por exportaciones.

Devolución del ISC por Fabricación de Medicamentos

Se dispone la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) sobre el alcohol etílico adquirido por fabricantes de medicamentos autorizados, si es destinado exclusivamente como insumo o materia prima en la elaboración de fármacos para uso humano.

Vapes y Cigarrillos Electrónicos al Régimen Tributario con 55 % de ISC

La Ley 30-26 incorpora cigarrillos electrónicos, dispositivos de vapeo y líquidos (con o sin nicotina) al régimen del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), estableciendo una tasa ad valorem del 55 % sobre el precio de venta al por menor.

Eliminación Gradual de Impuestos a Hipotecas

La normativa reduce gradualmente el impuesto aplicable al registro y conservación de hipotecas. La tasa actual del 2 % se reducirá al 1 % en 2027 y se eliminará desde 2028, buscando disminuir costos del financiamiento inmobiliario y estimular la inversión.

Nuevos Impuestos para Casinos, Bancas y Tragamonedas

La legislación actualiza la tributación de juegos de azar. Casinos pagarán RD$70,000-RD$100,000 mensuales por mesa. Bancas de lotería, RD$85,000 anuales más RD$200,000 por operación. Bancas deportivas, RD$500,000 (ciudades) o RD$300,000 (resto). Tragamonedas, RD$15,000-RD$18,000 mensuales.

DnG